normativa

Etiquetado de los protectores solares: Nueva normativa 2012 norteamericana de la FDA (Food and drug Administration)

Para el verano de 2012, el etiquetado de los protectores solares tendrá unas nuevas reglas de la FDA en Estados Unidos. El objetivo es que el publico conozca mejor estos productos y pueda hacer la elección correcta antes de comprar uno. La FDA estadounidense es el mayor organismo sanitario regulador del pais.

ETIQUETADO COMO “ PROTECCION SOLAR DE AMPLIO ESPECTRO”
Los protectores solares que en la etiqueta quieran poner «protección de amplio espectro», tendrán que pasar una prueba de la FDA para demostrar que realmente protegen contra dos tipos de rayos ultravioleta, tanto contra los rayos UVA como los UVB.
Como aclaración, antes muchos protectores solares estaban más focalizados en proteger contra los rayos UVB, pero ahora sabemos que también los UVA son dañinos. Los rayos UVA (ultravioleta A) son responsables del envejecimiento y el cancer y los rayos UVB (ultravioleta B) son responsables de la quemadura solar y el cancer. La FDA comprobará que el protector tiene suficiente cantidad de protección UVA, y que ésta es proporcional a la protección UVB. Habrá un test especial de “amplio espectro” que los productos deberán aprobar.

ETIQUETADO COMO UTILES “CONTRA EL CANCER Y EL ENVEJECIMIENTO”
Sólo los protectores solares que sean de amplio espectro (contra UVA y UVB) y con un índice de protección 15 o mayor podrán poner en su etiqueta : “Reduce el riesgo de cáncer de piel y envejecimiento prematuro de piel si se utiliza según las indicaciones, junto con otras medidas de protección solar”. Los protectores solares que no sean de amplio espectro o los protectores de amplio espectro pero de índice de protección 2 al 14 solo pueden poner en la etiqueta que ayudan a prevenir la quemadura solar.
Las otras medidas de protección son:
-Limitar el tiempo de exposición al sol.
-Evitar las horas del mediodía ( de 11h a 16h)
-Utilizar ropa protectora como camiseta, sombrero y gafas de sol

ETIQUETADO COMO “RESISTENTE AL AGUA”
Los protectores solares que pongan en la etiqueta que son “resistentes al agua”, tendrán que especificar en la etiqueta cuánto tiempo siguen siendo eficaces después de nadar o de sudar (podrá ser bien 40 minutos o bien 80 minutos), pero siempre después de haber pasado las pruebas reglamenterias de resistencia avaladas por la FDA
El término «waterproof» o “a prueba de agua” desaparecerá, porque al final todos desaparecen con el agua. Los protectores podrán anunciar en la etiqueta que son “resistentes al agua” sólo si han pasado las pruebas reglamentarias de resistencia correspondientes.
Los protectores etiquetados como “resistentes al agua” requerirán especificar cuanto tiempo permanecen efectivos después de nadar o sudar, y tendrán dos opciones, bien 40 o bien 80 minutos. Y todos los protectores deben dar instrucciones de cuando reaplicar.
Los protectores solares que no sean resistentes al agua, por no haber pasado las pruebas reglamenterias, deberán ser etiquetados como tal.

ETIQUETADO COMO «WATERPROOF,» (a prueba de agua) «SWEATPROOF» ( a prueba de sudor) O «SUNBLOCK» (bloquea el sol) desaparecen.
Estos términos deben desaparecer de la etiqueta de un protector solar porque estas palabras sobrepasan su efectividad. Tampoco pueden poner que protegen del sol durante más de 2 horas sin necesidad de reaplicar, o que protegen de manera inmediata tras aplicarlos (por ejemplo poner “protección instantánea” o “protección inmediata” sin enviar pruebas a la FDA de que eso es así y que la FDA lo apruebe.

DESAPARECEN LOS INDICES MAYORES DEL 50+
La en FDA limitará el índice de protección solar al 50+, porque no existe evidencia suficiente que pruebe que un índice superior al 50 proteja más a los usuarios que un producto del 50.

REGULACION DE LOS CENTROS DE ESTETICA

Ayer vi en una peluqueria un cartel que ponía:” se quitan manchas con luz pulsada”. Curiosamente, la peluquería estaba frente a un Centro de Salud. Esto es un problema que estoy viendo crecer muy rápidamente en los dos últimos años con gran preocupación. Tanto gimnasios, peluquerías como gabinetes estéticos están tratando pacientes con “manchas” en la piel sin ningún tipo de conocimiento ni control. El significado para la salud Pública de éstas malas prácticas tiene un nombre: Muy peligrosas.
En primer lugar existen muchos tipos de “manchas”, no en vano la Dermatología es una especialidad que requiere 4 años de estudio hospitalario y hay muchos libros dedicados a distinguir unas lesiones de otras . De una manera simplista, existen manchas benignas y manchas malignas, y dentro de cada grupo hay infinidad de subtipos. El personal que realiza éstos tratamientos no tiene ninguna formación sanitaria y se forman con un cursillo de pocas horas impartido por el vendedor .
Asimismo las máquinas de luz pulsada no estan exentas de peligro: Primero, son aparatos que transmiten calor a la piel y pueden producir quemaduras serias . Segundo, no se puede tratar con ellas ninguna lesión sin un diagnóstico previo pues se corre el riesgo de empeorar la misma o de enmascarar un cáncer de piel que tenía que haber sido extirpado quirúrgicamente.
En un congreso al que asistí hace 2 años en Estados Unidos se presentó un estudio danés que confirmaba que en un gran porcentaje de los centros de estética estudiados estaban tratando lesiones premalignas sin conocimiento alguno. Y también que en la mayoría no había médico. Tanto el Gobierno de Dinamarca, como el de otros países europeos avanzados han regulado ésta situación y no es posible realizar tratamientos en la piel con láser o luz pulsada sin diagnóstico previo y supervisión médica .
Desde aquí quiero hacer una llamada al Gobierno Vasco y concretamente a la Consejería de Sanidad para que regulen cuanto antes esta situación para garantizar la seguridad de los ciudadanos y ciudadanas de éste País.